La rata de agua recibe mayor protección de las leyes españolas que el embrión humano

Publicado: 5 abril, 2011 en Aborto, Política

Sorprende con gratitud la preocupación y el interés por preservar especies animales autóctonas como, por ejemplo, el águila imperial, el lince y el drago de Gran Canaria. Sin embargo, resulta del todo inquietante el desamparo del embrión humano ante el maltrato del que es objeto, tanto por parte de la sociedad como de las autoridades gubernamentales. Si el 11 de marzo se logró quizá uno de los mayores hitos de la historia cuando la UE dictaminó que el embrión es un ser humano, también es cierto, y es de lamentar, que se relativice su estatuto ontológico hasta el extremo de reducirlo en España a un término, el de ‘preembrión’, que no aparece en ningún manual científico sino que es un pseudo concepto inventado para la ocasión por los políticos con el único fin de negarle su condición innegablemente humana.  

Del mismo modo que es necesario preservar la fauna, esté o no en vías de extinción, también es necesario, más aún, proteger a alguien de nuestra propia especie como es el embrión. No existe una sola persona en el mundo que no haya pasado por el estadio embrionario en sus fases iniciales de vida. Por tanto, toda ley que no esté al servicio de la protección de la vida del nonato, en cualquiera de sus estadios, es una ley injusta que atenta contra la dignidad y la libertad del ser humano. Produce congoja observar que el asesinato de un embrión humano antes de la semana 14 de gestación no recibe ningún tipo de delito o pena a la vista del código penal que lo considera un derecho. Sin embargo, por terminar con la vida de un ejemplar de rata de agua puede alcanzar una sanción de hasta 20.000 euros. Pero el desprecio hacia el nonato no termina aquí. El artículo 145 del Código Penal estipula una pena de multa de seis a veinticuatro meses de prisión por la práctica del aborto a partir de la semana 14. En cambio, por matar a un lince la pena de prisión es de hasta dos años según el artículo 334 del Código Penal.

La querida y estimada rata de agua – Arvicola sapidus – merece toda nuestra protección, pero no menos el embrión humano. No sólo la práctica del aborto – con la ley Orgánica 9/1985 o con la actual reforma – supone un flagrante atentado contra la vida humana misma, sino también las políticas respecto a la regulación de la reproducción asistida o el tratamiento de los embriones congelados. Ante esta realidad en la que no se considera la existencia del fundamento último que preserve la dignidad ni el valor de la vida humana, los creyentes, en especial aquellos que se dedican a la labor política, deben, por coherencia, batallar hasta la última gota de su sudor, por defenderla con indiferencia de si en ello pudieran perderse votos. Su realmente queremos hablar de políticas sociales hay que empezar por defender la vida humana desde el momento mismo de la concepción hasta su fin natural, de lo contrario erigiremos una sociedad que se fundamenta en el crimen y la injusticia.     

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comentarios
  1. Meinster dice:

    Vaya, me has decepcionado, sueles defender tus ideas con argumentos mucho mejores que recurrir a la demagogia. A menos que estés pidiendo tu derecho a matar las ratas de agua que quieras mientras exista el aborto, claro.

  2. Cris dice:

    Nota: Comentario suprimido por el responsable de Opus Prima.

  3. A/A de Meinster: Sea cual sea el argumento, la antítesis nunca puede sustentarse en condiciones de igualdad pues comparar ratas con seres humanos es irracional e inmoral.
    O dicho para los tontitos: Aún en el supuesto de promover un «genocidio» de roedores, la contraargumentación nunca podrá acusar al que defiende la vida humana como inhumano…..concepto que está y estará siempre por encima del proteccionista de especies más o menos autóctonas.
    El «no matarás», a salvo que alguien me demuestre lo contrario, no se refiere a las mofetas, sino a los iguales; es decir: a los seres humanos……incluso, fíjese usted, al gilipollas de Zapatero y sus huestes sociópatas.

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