Las chilenas que pueden abortar legalmente

Publicado: 23 diciembre, 2014 en Aborto, Derechos humanos

aborto

¿Puede entenderse la vida humana y su incondicional dignidad que recogemos en los derechos humanos sin reconocer la personalidad del sujeto biológico que la sustenta? ¿El ser humano es humano desde su fecundación, es decir, desde el momento en que puede entenderse como sujeto biológico que participa de las propiedades características de la especie humana o sólo lo es cuando jurídicamente ocupa una posición social? El hombre no es nunca el producto de la elaboración filosófica de las distintas concepciones que pueden existir, sino que más bien es un fin en sí mismo que se sustenta sobre la fase de su autonomía biológica. Desde el punto de vista antropológico y ético el ser humano goza de una dignidad esencial, la propia del hombre, al margen de toda circunstancia jurídica o caracteres vitales. Así, siguiendo a Kant, la persona es un imperativo moral en cuanto que es un fin en sí mismo, por el hecho de pertenecer a la especie ‘homo sapiens’, que no puede ser de ningún modo instrumentalizado en pos de ningún supuesto derecho ajeno.

Se podemos hablar de derechos humanos es por la sencilla razón de que el concepto de hombre viene enraizado en el concepto de dignidad humana: hombre y dignidad no pueden separarse, sino que son un todo que caracteriza el ser de la persona, motivo por el que todos gozamos y debemos gozar de unos mismos derechos fundamentales que no pueden ser negados bajo ninguna circunstancia, como podría ser el bienestar ajeno. Por tanto, ante la cuestión del aborto sólo puede decirse que el nonato tiene dignidad y es un fin en sí mismo por ser humano, condición ontológica que obliga a los demás a reconocerlo como miembro de la misma especie y, por ello, como sujeto que tiene derecho a que se respete su existencia desde el ordenamiento jurídico si no queremos caer en la cosificación e instrumentalización de la vida del ser humano: sólo hay ser humano, y por ello sociedad, ahí donde la naturaleza del hombre va acompañada consecuentemente del reconocimiento de su dignidad incondicional, pues la vida y la dignidad de dicha vida es la cualidad del hombre concreto y real, sea cual sea su estado biológico por el mero hecho de ser sustancia individual perteneciente a la especie ‘homo sapiens’.

 A modo de conclusión debemos decir que todo individuo tiene derecho a la vida como requerimiento indefectible para llegar a ser lo que está llamado a ser según su naturaleza. Además, sin esta vida no podría hablarse con propiedad de derechos humanos en cuanto que es por sí un hecho superior a los mismos derechos que deben reconocer su incondicionalidad.

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comentarios
  1. Ya sabes, Joan, que estoy en completo desacuerdo en que el «ser humano» lo sea desde la fecundación y que tengo sólidos argumentos lógicos y biológicos que ya he expuesto en otras ocasiones, pero no voy a entrar en esto hoy; también sabes que mi opinión es que todas las mujeres deberían tener el derecho a decidir sobre su propio cuerpo, pero tampoco voy a argumentar en este sentido; hoy sólo quiero hacer una reflexión:

    Tratamos habitualmente la vida como si fuera algo que se tiene o no se tiene y nada hay más lejos de la realidad. La vida no se tiene, se mantiene, no es un estado sino un proceso, estar vivo no es sino mantenerse vivo. Podemos decir que vida es un proceso disipativo metaestable que se mantiene a cierta distancia del equilibrio termodinámico (1). Esto nunca se puede perder de vista ya que el concepto de que la vida se puede obtener o perder es algo habitual pero, como ocurre con otras muchos otros pensamientos habituales e «intuitivos», es profundamente incorrecto.

    (1) Definición popularizada por Lotka, citado por Eric D. Schneider y Dorion Sagan en «La termodinámica de la vida» pg. 115. En el mismo libro tratan sobre «La cuarta constatación de Onsager» (… la metaestabilidad se consigue a cierta distancia del equilibrio. Un sistema abierto con gradientes moderados se instalará en un estado estacionario de mínima producción de entropía.) Abundan en este concepto físicos como Erwin Schrödinger o Ilya Prigogine (experto en termodinámica y pionero en el estudio de las estructuras disipativas) y biólogos como Terrence W. Deacon «La evidencia de que la vida involucra procesos morfodinámicos procede de dos atributos obvios que son comunes a todos los organismos. En primer lugar, los organismos están incesantemente envueltos en procesos de creación y mantenimiento de orden. Sus procesos químicos y estructuras físicas se organizan de manera que se generan y mantienen a base de producir continuamente nuevas estructuras moleculares apropiadamente adaptadas. En segundo lugar, para llevar a cabo esta incesante generación de orden, requieren una circulación casi constante de energía y materiales. En este aspecto son sistemas disipativos.»

  2. Saludos Cayetano, como ves últimamente no escribo mucho en el blog. Podemos aceptar la idea de que «estar vivo no es sino mantenerse vivo», pero para que «todas las mujeres» puedan «tener el derecho a decidir sobre su propio cuerpo» como señalas es preciso garantizar la posibilidad de «mantenerse vivo». Gracias por comentar.

  3. Maca dice:

    Toda negación a la decisión libre de las mujeres es violencia.

  4. xdsl2000 dice:

    Si esa decisión atañe a terceras personas entonces es justicia, no violencia.

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