Forjar una definición ética de la sociedad política resulta complicado si se observa la infinidad de teorías que existen al respecto. Si atendemos al pensamiento clásico apreciamos que la sociedad política se concibe como la sociedad perfecta, porque se entiende que este tipo de asociación es la mejor para que el hombre pueda acceder a todos aquellos bienes que permtien alcanzar con perfección la vida buena. El conjunto de estos bienes se denomina en el Derecho romano ‘bien común’. El primero de ellos es la idea de que el hombre para alcanzar el mejor modo de vida posible debe ejercer correctamente su libertad personal. En consecuencia, es una exigencia para la sociedad política promover en todo momento las posibilidades de vida buena de las personas y contribuir, al mismo tiempo, a que las personas, en especial las más necesitadas, accedan a las necesidades, sobre todo las materiales, más básicas. No obstante, la sociedad civil no sólo debe favorecer la subsistencia sino también el desarrollo de la vida más perfecta de cada sujeto (S. Tomás de Aquino, Suma Teológica; De Regno y Sententia libri Ethicorum).
Respecto a las obligaciones de la sociedad política hacia cada uno de los hombres – o ciudadanos para entendernos – no se apreciará que hunden sus raíces en la dignidad del ser humano por el hecho de ser persona hasta el advenimiento del cristianismo, como bien reconoce el filósofo ateo Norberto Bobbio (Estado, gobierno y sociedad: por una teoría General de la Política; Política y Cultura y El tiempo de los derechos). Basta con echar la mirada, por ejemplo, en la Grecia clásica para descubrir que sólo el varón libre – tampoco todos los varones – gozaba de derechos en la polis (Aristóteles, Política). En el Derecho romano la situación era bastante parecida. Así, en resumidas cuentas podemos decir que el bien común resta subordinado a la autoridad que ejercerá en la mayor de las ocasiones un poder respecto de los ciudadanos que hoy en día tacharíamos de bastante excesivo, cuando no totalitario.
En nuestros días el modelo de sociedad política es el Estado, que en los países desarrollados de Occidente suele recibir un sin fin de nombres: Estado social, Estado liberal-social de Derecho, Estado del Bienestar, Estado neoliberal, Estado Constitucional, etcétera. La configuración del Estado recibe influencias de doctrinas éticas, políticas y filosóficas muy dispares – Locke, Hobbes, Stuart Mill, Rousseau, Kant, etcétera – aunque posiblemente la más importante de todas, sorprendentemente, sea la teoría greco-romana tal y como fue asimilada por el pensamiento cristiano que permitió en su momento la transformación del Estado absoluto en el Estado actual a mediados del siglo XIX, que nace básicamente como reivindicación de ese bien común que era negado u obviado por la autoridad y que se asienta en una máxima aristotélica: el principal deber del Estado o sociedad política justa es establecer un ámbito de actuación personal, diferente del público, que permita al hombre – al ciudadano – gozar de la correcta libertad con el fin de alcanzar la vida buena, la mejor (Ética Nicomáquea).
El fin del Estado contemporáneo debe ser el “perseguir la felicidad según el propio querer” de sus ciudadanos (J. Locke, Dos tratados sobre el gobierno). Para fomentar este derecho es indispensable la colaboración positiva entre los hombres con el fin de realizar todos los proyectos públicos necesarios, en primera instancia para asegurar la convivencia pacífica y en última para alcanzar la vida buena o más perfecta. No obstante, es necesario descubrir que los derechos de cada ciudadano se asientan también en una serie de deberes, que en un Estado de Derecho exigen que el titular sea el propio ciudadano, todos los ciudadanos sin excepción. Así, los derechos civiles deben adoptar el carácter de normas públicas con el fin de asegurar tanto la subsistencia como la posibilidad de alcanzar la vida mejor para cada persona. Por tanto, el Estado pasa por ser titularidad de los ciudadanos, con sus derechos y consecuentemente con sus deberes, y no por estar sujeto o subordinado al interés de una determinada oligarquía – política, económica, etcétera – porque cuando se recorta el bien común se reduce el Estado de Derecho y se regresa al Estado Absoluto.
Un Estado justo es el que reconoce y garantiza que la titularidad de los derechos y de las obligaciones reside en el ciudadano. Por esta razón en el Estado de Derecho existela Constitución, que es la norma jurídica fundamental, en la que se reconocen estos derechos, que pueden ser reivindicados ante los tribunales siempre que se ignoran u obvian. Enla Constituciónse establece la estructura de las distintas instituciones políticas y el principio fundamental del Estado de Derecho, que no es otro que la división entre los poderes estatales: el legislativo – el Parlamento –, el ejecutivo – el gobierno yla Administraciónpública – y el judicial –la Magistratura–. Sin embargo, el requisito indispensable que legitima el Estado de Derecho es que las normas jurídicas más importantes o trascendentales para el desarrollo de la mejor vida posibilite el diálogo entre los ciudadanos a la hora de elaborarlas; no obstante, observamos una cierta, o profunda en muchos casos, anomia social porque en realidad el Estado no se encuentra tutelado realmente por los ciudadanos sino por determinada oligarquía – podríamos denominarla partitocracia –; lo que genera despreocupación y apatía por parte del ciudadano que sabe que es el Estado el que se ocupa de la gestión de lo público y social sin su participación, al margen del paripé que supone la participación mediante el sufragio.
Es indiscutible que el papel de la llamada sociedad civil es irrelevante en cuanto a poder dentro del Estado. El motivo principal por el que es irrelevante es porque una inmensa mayoría de los ciudadanos no percibe la necesidad del bien común como un elemento integrante del propio bien. Esto acontece porque se concibe el bien humano de manera individualista – ver las entradas dedicadas sobre la vida buena: 1 y 2 –.


[...] la importancia y de la necesidad de una sociedad civil activa para el buen funcionamiento del Estado de Derecho y de la democracia ya hemos hablado. Por otro [...]